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Varios clientes nos han notificado que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital de España está remitiendo correos informativos a las páginas de empresas que no están cumpliendo con la Ley 34/2002, de 11 de julio. Estos correos de momento tienen carácter informativo pero ya están avisando que no cumplir con esa ley conlleva sanciones, con que sospechamos que pronto empezará una campaña recaudatoria de sanciones a las empresas que no cumplan con la ley.

Según el texto del ministerio, a fin de garantizar la transparencia y confianza de los usuarios, en su página web deberá figurar, de manera permanente, fácil, directa y gratuita, la siguiente información:

Información de carácter general (artículo 10 de la Ley 34/2002):

a) Nombre o denominación social, residencia o domicilio, correo electrónico y cualquier otro dato para establecer comunicación directa y efectiva (formulario de contacto, teléfono o fax).

b) Los datos de inscripción registral (obligación no exigible a los particulares).

c) En caso necesario, datos relativos a la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad (agencias de viajes, servicios de alquiler turísticos, armerías, centros y servicios sanitarios, etc.) y los del órgano competente encargado de su supervisión.

d) Si se ejerce una profesión regulada (médico, dentista, farmacéutico, abogado, etc.), se deberá indicar:

  1. Los datos del Colegio profesional al que, en su caso, pertenezca y número de colegiado.
  2. El título académico oficial o profesional con el que cuente.
  3. El Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en el que se expidió dicho título y, en su caso, la correspondiente homologación o reconocimiento.
  4. Las normas profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y los medios a través de los cuales se puedan conocer, incluidos los electrónicos.

e) Número de identificación fiscal.

f) Si los productos o servicios se muestran con su precio, deberá indicarse, de manera clara y exacta, si éste incluye o no los impuestos aplicables y, en su caso, los gastos de envío.

g) Códigos de conducta a que esté adherido el prestador de servicios.

… Y si además realizan contratos “on-line” (o venta on-line) deberán añadir la siguiente información:

Con carácter previo al proceso de contratación (artículo 27 de la Ley 34/2002):

  1. Trámites que deben seguirse para contratar “on-line”.
  2. Si el documento electrónico del contrato se va a archivar y si este será accesible.
  3. Medios técnicos para identificar y corregir errores en la introducción de datos.
  4. Lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato.
  5. Condiciones generales a que, en su caso, se sujete el contrato.

Con posterioridad a la contratación debe remitir un acuse de recibo (por correo electrónico u otro medio equivalente) para confirmar su conformidad (artículo 28 de la Ley 34/2002).

Puede obtener una información más detallada sobre los contenidos y obligaciones de la Ley 34/2002 a través de la página web www.lssi.es.

Como ejemplo práctico:

1. La empresa XXXXX, S.L., que comercializa y vende sus productos a través de internet, deberá hacer constar sus datos identificativos en la página principal del sitio web o en un enlace contenido en ésta denominado “Aviso legal”, “Quiénes somos” o “Condiciones Generales:

La titularidad del presente sitio web corresponde a XXXXX, S.L., con domicilio social en ______________ y NIF _____________. Inscrita en el Registro Mercantil de ________, Tomo ________, Sección __, Hoja _______. Los datos identificativos y de contacto de la empresa son los siguientes: XXXXX, S.L. NIF: _________ Dirección:_________________________ Tel: ___________ Mail: ____@____

En cuanto a los precios, deberá indicarse claramente si éstos incluyen o no los impuestos, así como los gastos de envío.

Por ejemplo:

“Todos los precios mostrados en esta página incluyen el IVA”…”

Si existen gastos de envío: “Los gastos de envío son …

2. Como se ha indicado anteriormente que la empresa XXXXX, S.L. vende sus productos a través de su página web (contratos on-line), además de la información anterior, habrá de poner a disposición de los usuarios las condiciones de contratación (por ejemplo, en el enlace “Condiciones Generales”, e incluir información sobre los “pasos” para contratar en un enlace denominado “Cómo comprar”.