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cookieDebido a la gran cantidad de consultas recibido por el anterior artículo, y la alarma que ha provocado entre algunos de nuestros clientes, hemos decidimos ampliar la información relativa a la nueva ley sobre cookies.

Desde hace algunos meses el usuario ha visto como proliferan cada vez que accedemos a algunos sitios un mensaje similar al siguiente:

Las cookies nos permiten ofrecer nuestros servicios. Al utilizar nuestros servicios, aceptas el uso que hacemos de las cookies

Este aviso no hace sino cumplir cumplir con la nueva ley de cookies que, desde abril de 2012, regula el tratamiento de éstas en los sitios web.

Debe saber que, tras los últimos cambios introducidos en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información(LSSI),  los sitios web que hagan uso de cookies deberá incluir un procedimiento de consentimiento informado previo a su utilización.

Con ésta medida, promovida desde Europa, se pretende proteger la privacidad del usuario. Antes de su aprobación, la legislación española sólo establecía la necesidad de que los sitios web informasen de su uso y ofreciesen la posibilidad de denegarlas, pero la nueva normativa obliga a dar un consentimiento expreso antes de su utilización.

Aunque parece un mecanismo sencillo, la medida, recogida en el artículo 22 de la LSSI, puede generar ciertas dudas entre los gestores y propietarios de páginas web o comercios electrónicos, que desconocen si están obligados o no a cumplir con la normativa, la forma en que han de hacerlo o el tipo de cookies sobre las que se requiere éste consentimiento previo.

Pero empecemos por lo básico:

¿Qué son las cookies?

Las cookies son ficheros o porciones de información enviadas por un sitio web a través de un servidor y almacenadas en el navegador del usuario. De ésta forma, el sitio web puede almacenar información básica del usuario y sus preferencias y hábitos con el fin de llevar a cabo determinadas acciones de marketing (como una campaña de remarketing) o personalización de contenidos.

¿Mi página web tiene cookies?

Es muy probable que si tienes una página web, esta contenga algún tipo de cookie, ya sea del propio gestor de contenidos o de algún servicio externo como Google analytics.

¿Qué tipo de cookies existen?

Ni todas las cookies son iguales, ni todos los “sites” utilizan las mismas cookies, ni todas están reguladas de la misma forma. De hecho, sólo las publicitarias, las de afiliados y las de análisis requieren del cumplimiento de la nueva normativa europea.

  • Cookies técnicas: Son aquellas que resultan imprescindibles para permitir al usuario la navegación a través de una página web, como por ejemplo, las que permiten almacenar los datos de un pedido online.
  • Cookies de personalización: Este tipo permite personalizar las funciones o contenidos del sitio web en función de los datos obtenidos del navegador. Mediante estas cookies podemos presentar un sitio web en el mismo idioma del navegador usado para visitar la web.
  • Cookies de análisis: Se utilizan con fines estadísticos únicamente. Un claro ejemplo podría ser las cookies generadas por el script de seguimiento de Google Analytics.
  • Cookies publicitarias y de publicidad comportamental: Son todas aquellas que tienen como objetivo mejorar la eficacia de los espacios publicitarios. Así, la red publicitaria de Google o los adservers incluyen este tipo de tecnologías para dar el servicio deseado a sus clientes.
  • Cookies de afiliados: Trackean las visitas de webs de afiliados

¿Quién debe cumplir con ley de cookies?

La ley de cookies es de aplicación a los prestadores de servicios de la sociedad de la información (tanto empresas como particulares que que realizan actividades económicas a través de Internet) establecidos en España y a los servicios prestados por ellos. De ésta forma, se incluyen los siguientes servicios cuando constituyan una actividad económica o lucrativa para el prestador:

  1. Comercio electrónico.
  2. Contratación en línea.
  3. Información y publicidad.
  4. Servicios de intermediación.

¿Qué hay que hacer para cumplir con la nueva normativa de cookies?

Como ya hemos mencionado antes, para cumplir con la ley de cookies es necesario recabar del usuario el consentimiento previo e informado antes de la instalación de cookies en su navegador.

Muchos sites siguen informando del uso de cookies después de haber procedido a su instalación, lo que actualmente va en contra de la ley y puede incurrir en un procedimiento sancionador con multas que pueden ir de los 30.000€ a los 150.000€.

Por ello, es importante contar con un procedimiento, que se ejecute a través de un pop-up, una landing page o visible en la cabecera o en el footer de tu web, en el que:

  • Se informe de manera visible, accesible y sin necesidad de hacer scroll de uso ypolítica de cookies del site.
  • Utilices una fórmula en la que recabes el consentimiento previo informado del usuario que visita tu página antes de instalar cualquier archivo para recabar información.
  • Expliques qué es una cookie, el tipo de cookies que está utilizando tu sitio web y la finalidad de las mismas.
  • Proveas a tus usuarios de instrucciones sobre cómo deshabilitar las cookies desde los diferentes navegadores existentes.
  • Ofrezcas referencias sobre lugares en los que conseguir más información.

Opinión sobre la ley

Para muchos, la ley no está demasiado bien planteada, ya que su  aplicación hace necesario que el 90% de las páginas web tengan que actualizarse para cumplir con este ley. Cuando lo lógico y cabal, es que el propio navegador sea quien te advierta de las cookies de cada sitio.

No obstante si tú o tu empresa tienen página web, han de adecuarla para evitar sanciones como las que comentábamos en el anterior artículo.

Para saber más de la ley, puedes consultar la siguiente Guía de la ley de Cookies